CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL IMPULSO DEL SECTOR EMPRESARIAL AGROALIMENTARIO Y GANADERO PARA PROMOVER EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 2020

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En el Boletín Oficial de la Provincia del 25 de junio de 2020, se ha publicado extracto de la convocatoria de subvenciones destinadas al impulso del sector empresarial agroalimentario y ganadero para promover el desarrollo económico de la provincia de Málaga 2020.

Dicha convocatoria está regulada por el Decreto de la Presidencia núm. 2020/1641, de 22 de junio, y por las bases reguladoras aprobadas mediante Decreto de la Presidencia núm. 2020/984, de 23 de mayo, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de 12 de junio de 2020.

El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas destinadas exclusivamente a favorecer y fomentar la labor del empresariado de los sectores agroalimentario y/o ganadero radicado en los municipios de la provincia de Málaga –excepto su capital– dirigido a la consolidación de empresas existentes que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases, se comprometan a realizar actuaciones dirigidas a la mejora de la competitividad y modernización de las estructuras productivas existentes, con el objetivo final de conseguir la mejora del producto y/o de su  rograma de comercialización.

Las entidades podrán presentar una sola solicitud de subvención en la convocatoria.

Para solicitar la subvención deberá entregar, teniendo en cuenta las indicaciones que aparecen más abajo, los anexos y la documentación indicados en el artículo 5 de las bases reguladoras.  Recuerde que en la fase de solicitud, solo deberán presentar, además de la documentación requerida, los anexos I, II, III, IV, V y VI.  El resto de anexos (J1, J2, J3 y J4) no deben entregarse en este momento, son para justificar la subvención en caso de que se concediera.  El anexo VII es un modelo de cartel, para poder cumplir con lo estipulado en las bases reguladoras en referencia a la publicidad a realizar de la subvención concedida, en tal caso.

La presentación de la documentación prevista se efectuará por cualquiera de los medios siguientes en atención a que los interesados estén obligados o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1. Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:

a) En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, así como en cualquiera de los registros electrónicos a los que se refiere el Artículo 2.1 de la Ley 39/2015 (Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/) Administración de las Comunidades Autónomas, Entidades que integran la Administración local, organismos públicos y entidades integrantes del sector público institucional).
b) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

2. Para los restantes interesados:

a) En algunos de los medios anteriormente señalados en el punto 1.a. de la presente cláusula, o
b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto, o
c) En la Oficina de Asistencia en materia de Registro de cualquiera de los organismos y entidades señalados en el punto 1.a) del presente artículo.

El plazo de presentación de solicitudes se mantendrá abierto desde el 26 de junio hasta el 9 de julio de 2020, ambos inclusive.

En las bases reguladoras se especifican los gastos subvencionables, la documentación necesaria para poder solicitar la subvención, así como el procedimiento de concesión y los requisitos para poder solicitar las subvenciones.  Le recomendamos lean atentamente dichas bases reguladoras.

Para mas información y documentación visite el enlace:

Convocatoria subvenciones sector empresarial agroalimentario y ganadero 2020